El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 2 del distrito Centro, para Gustavo Mauricio José Gómez como autor del delito de homicidio calificado por alevosía, y para Jorge Raúl Gómez como partícipe necesario del mismo delito, en perjuicio de Bautista Benjamín Mamani de 15 años, conforme a lo previsto en los artículos 80 inciso 2 y 45 del Código Penal.
En el requerimiento, el fiscal González expone los informes médicos, testimonios, relevamientos de cámaras, informes periciales y todas las medidas producidas durante la investigación penal preparatoria, los cuales constituyen el grado de convicción suficiente para solicitar que la causa sea elevada a juicio.
Según sostiene la hipótesis fiscal, el hecho ocurrió el 11 de agosto de 2025 alrededor de las 22:40, en el playón deportivo ubicado en inmediaciones de manzana 457 “C”, lote 16 del barrio La Paz, en la ciudad de Salta, donde se originó una gresca entre dos grupos de jóvenes.
Cuando el adolescente intentaba retirarse del lugar a bordo de su motocicleta, fue interceptado por los acusados, quienes actuaron de forma coordinada, circunstancia que redujo significativamente las posibilidades de defensa de la víctima.
En ese contexto, uno de los imputados lo agredió físicamente, mientras que el otro le asestó una puñalada en la zona del pecho con un arma blanca, provocándole una lesión mortal. La modalidad del ataque, ejecutado de forma súbita y aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima, es considerada por la Fiscalía como configurativa de la agravante prevista en el Código Penal, que contempla el homicidio cometido con alevosía.
Tras la agresión, el adolescente logró desplazarse en su motocicleta hacia las inmediaciones de su domicilio, donde fue auxiliado por familiares y trasladado al hospital Papa Francisco, donde ingresó sin vida.
La autopsia realizada determinó que la causa de muerte fue shock hipovolémico y taponamiento cardíaco por lesión de arma blanca.
El fiscal González destacó que la presente causa, de acuerdo por lo establecido por la ley 8478 de implementación del Juicio por Jurados en materia penal, será juzgada bajo esa modalidad.


