Tramo final del juicio contra Martín Miguel Poma Ovejero, Ramiro Mauricio Maldonado Blanque, César Eduardo Acosta y Julio Conte, en tres causas acumuladas. Dos de ellas tienen como único acusado al abogado Poma Ovejero. El juicio es presidido por el juez Guillermo Pereyra.
Durante la undécima se realizaron los alegatos de clausura correspondientes a la segunda y tercera causa, ambas seguidas contra el abogado.
En la causa vinculada a hechos de violencia de género, la Fiscalía solicitó que sea declarado penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y desobediencia judicial en dos hechos. La defensa pidió que no sea declarado responsable y argumentó que no había sido notificado personalmente.
En la tercera causa, vinculada con una operación inmobiliaria en General Güemes, la Fiscalía pidió que Poma Ovejero sea declarado penalmente responsable de estafa y falsificación de instrumento privado, en concurso ideal.
La fiscal sostuvo que durante el juicio quedó acreditado que intervino en la venta de un terreno sin estar autorizado por su propietario. Según expuso, acompañó a los compradores a conocer el lote, participó de la operación y firmó delante de ellos la orden de compra y el recibo correspondiente a los $170.000 entregados por el terreno.
Para la Fiscalía, esa intervención llevó al comprador a creer que el acusado se encontraba habilitado para concretar la operación y, como consecuencia de ello, entregó el dinero. Salinas Odorisio consideró acreditados de esta manera el engaño, el error y la disposición patrimonial que sustentan la acusación por estafa.
También sostuvo que el abogado intervino en la gestión del boleto de compraventa y posteriormente entregó la documentación a los compradores. El hijo del denunciante advirtió que la firma atribuida al propietario no coincidía con la que conocía de operaciones anteriores. Consultado posteriormente, el titular del inmueble desconoció esa firma y negó haber autorizado a Poma Ovejero a vender los lotes.
La Fiscalía señaló además que el boleto contenía una certificación notarial falsa atribuida a una escribana que había fallecido diez años antes, elemento que consideró relevante para sostener la acusación por falsificación de instrumento privado.
Durante su alegato, la fiscal aclaró que el hecho de que años después los damnificados obtuvieran el terreno por intervención de su verdadero propietario no modifica, según la acusación, la existencia del delito, ya que sostuvo que la estafa se habría consumado cuando el comprador entregó el dinero como consecuencia del engaño.
La defensa, por su parte, sostuvo que su cliente había intervenido de manera externa y únicamente en carácter de abogado, por lo que solicitó su absolución.
Con esta jornada quedaron concluidos los alegatos de clausura de las tres causas acumuladas. El juicio continuará el lunes 7 de septiembre, a las 10, con las expresiones finales de los imputados.

