El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 rechazó el pedido de arresto domiciliario solicitado por la defensa del ex ministro de Planificación Julio De Vido, quien continuará cumpliendo su condena en el penal de Ezeiza.
La decisión se tomó en el marco de la causa conocida como Once II, vinculada a irregularidades en el área de Transporte durante los gobiernos kirchneristas (2003-2015). Según resolvió el tribunal, ni la edad del condenado ni su cuadro médico actual justifican, por sí solos, un cambio en la modalidad de detención.
La defensa había fundamentado el pedido en que De Vido supera los 75 años y presenta diversas patologías crónicas, sosteniendo que esos factores habilitaban la aplicación de la prisión domiciliaria conforme a la Ley 24.660. De manera complementaria, argumentó que la continuidad del encierro podría vulnerar principios humanitarios en la ejecución de la pena.
Sin embargo, el Cuerpo Médico Forense informó que el exfuncionario se encuentra clínicamente compensado y que su estado de salud puede ser atendido dentro del sistema penitenciario, siempre que se mantengan los controles médicos, la dieta indicada y la provisión regular de medicación.


